// <./UploadServlet?ruta=Boletines\2018\234\Edictos\bop_8158_2018.pdf> BOP. 234 10/10/2018 *Entidad publicadora:* AYUNTAMIENTO DE UTEBO *Número de registro: * 8158/2018 *Fecha de entrada: * 03/10/2018 *Materia:* Empleo Público Sección sexta BASES CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, POR OPOSICIÓN LIBRE, DE UNA PLAZA DE INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS *SECCIÓN SEXTA* *CORPORACIONES LOCALES* *Núm. 8.158* *AYUNTAMIENTO DE UTEBO* Resolución del Ayuntamiento de Utebo (Zaragoza) por la que se hacen públicas las Bases de la convocatoria para la provisión mediante oposición libre, de una plaza de ingeniero de caminos, canales y puertos, perteneciente a la escala de Administración especial, subescala Técnica, técnico Superior, subgrupo A1, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento de Utebo (OEP 2017). La Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 26 de septiembre de 2018, ha acordado convocar pruebas selectivas para la provisión por el sistema de oposición libre la siguiente plaza vacante, con sujeción a las siguientes: *BASES* Primera. —/Objeto de la convocatoria./ 1.1. Es objeto de las presentes bases regir la convocatoria de las pruebas selectivas para la provisión, como funcionario de carrera, de una plaza de ingeniero de caminos, canales y puertos, perteneciente a la escala de la administración Especial, subescala Técnica, técnico Superior, subgrupo A1, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento (OEP 2017, BOA núm. 88, de 11 de mayo de 2017). 1.2. Descripción del puesto: Redacción de informes y propuestas, redacción de proyectos, direcciones de obras y planes, control, seguimiento y dirección que asegure el correcto funcionamiento de las infraestructuras municipales. Funciones y tareas complementarias, inherentes o conexas con las anteriormente descritas. Incluso la responsabilidad de los contratos relacionados con las anteriores funciones. 1.3. El sistema de selección será mediante oposición libre, que constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios. 1.4. Los aspirantes otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia. Segunda. — /Requisitos de los aspirantes:/ 2.1.- Para ser admitidos, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Nacionalidad: Ser español o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. d) Estar en posesión o tener cumplidas las condiciones para obtener el título universitario de ingeniero de caminos, canales y puertos, correspondiente el nivel 3 (máster) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, o equivalente. Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Además, se adjuntará al título su traducción jurada. e) No padecer enfermedad, defecto físico o limitación psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones del cargo. f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas 2.2. Los requisitos indicados en esta base deberán poseerse el día que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse en el momento de la toma de posesión de la plaza objeto del proceso selectivo. Tercera. — /Forma y plazo de presentación de instancias./ 3.1. Las instancias solicitando ser admitido en el proceso selectivo se dirigirán al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Utebo de acuerdo con el modelo que figura como anexo II, debiendo acompañarse a la misma el resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de la tasa por derechos de examen, que se fijan en 17 euros. La personas con discapacidad deberán señalarlo en el apartado correspondiente y solicitar, si así lo desean, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de las pruebas, formulando petición concreta al respecto y acompañando certificado de minusvalía o discapacidad al objeto de poder hacer efectiva, en su caso, la citada petición. 3.2. El plazo para la presentación de instancias será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Si el término expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado el plazo hasta el primer día hábil siguiente. Las instancias y demás documentación se presentarán en el Registro General de la Corporación, Oficina de Atención Ciudadana (plaza de la Constitución, núm. 2), cualquiera de los días hábiles del plazo indicado. Asimismo, las instancias también podrán presentarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Utebo (/http://utebo.sedelectronica.es/info.1/) o efectuarse de conformidad con los procedimientos que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 3.3. La tasa por derechos de examen podrá abonarse: personalmente en la Tesorería de la tasa por derechos de examen podrá abonarse: personalmente en la Tesorería de la Corporación, mediante giro postal o mediante ingreso en la cuenta de Ibercaja, oficina Utebo 2085 1323 24 0300040432, a nombre del Ayuntamiento de Utebo, especificando la identidad del aspirante y que se trata de la presente convocatoria. No obstante, estarán exentos del pago del importe de la tasa por derechos de examen los demandantes de empleo de larga duración que no sean beneficiarios de la prestación por desempleo y cuya unidad familiar no haya obtenido, en el ejercicio anterior al del devengo, ingresos superiores a 27.241,20 euros. A estos efectos, se consideran demandantes de empleo de larga duración aquellos que hayan permanecido en desempleo durante un período de doce meses en un plazo de 18 meses inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de instancias. Para ello deberán aportar justificante de demanda de empleo y declaración responsable donde se diga que no se percibe prestación por desempleo y que los ingresos de la unidad familiar son inferiores a los establecidos en el párrafo anterior, según modelo del anexo III. 3.4. En ningún caso la presentación y el abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de instancias supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la instancia en cualquiera de los registros del Ayuntamiento de Utebo o a través de los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 3.5. La presentación de instancias comportará que el interesado conoce y acepta las Bases de la convocatoria y que, por tanto, reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las mismas, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias. Cuarta. — /Admisión y exclusión de aspirantes./ 4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias y documentos, la Alcaldía, u órgano en que en su caso delegara, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. Dicha resolución se publicará en el BOPZ, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, en la página web municipal y en la sede electrónica. 4.2. Dentro de los diez días hábiles siguientes a dicha publicación se podrán efectuar reclamaciones contra la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, así como solicitar la subsanación de errores materiales. Las reclamaciones, en su caso, serán resueltas por la Alcaldía, y el anuncio correspondiente a la lista definitiva se publicará en el BOPZ, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, en la página web municipal y en la sede electrónica. 4.3. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán excluidos del proceso selectivo. Quinta. — /Tribunal calificador./ 5.1. El tribunal calificador, que será nombrado por decreto de la Alcaldía, juzgará los ejercicios del proceso selectivo, y su composición colegiada deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombres y mujeres. Dicho tribunal calificador estará integrado por un presidente y cuatro vocales, de los cuales uno de ellos ejercerá la función de secretario. Todos los miembros del tribunal tendrán voz y voto. La pertenencia al tribunal calificador será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. 5.2. Todos los miembros del tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser funcionarios de carrera y poseer una titulación igual o superior a la requerida para el ingreso en la plaza convocada, y pertenecer al mismo o superior grupo/subgrupo de entre los previstos en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. El tribunal estará integrado, además, con los respectivos suplentes que, simultáneamente con los titulares, habrán de designarse, no pudiendo constituirse ni actuar sin la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, incluidos el presidente y el secretario o sus suplentes. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos presentes, resolviendo el voto de calidad del presidente los supuestos de empate. 5.3. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al alcalde, cuando concurran en ellos cualesquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran dichas circunstancias, a tenor de lo establecido en el artículo 24 de la misma ley. Los miembros suplentes nombrados para componer el tribunal calificador podrán actuar indistintamente en relación con el respectivo titular, excepto una vez haya tenido lugar el inicio de una sesión. 5.4. El tribunal calificador resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de la convocatoria, quedando facultado para adoptar todas aquellas determinaciones que estime pertinentes para el correcto desarrollo de los ejercicios, tanto en lo que se refiere, si fuera necesario, a la fijación de distintas sedes para su realización, como cualquier otra contingencia de carácter organizativo que pudiera surgir en el desarrollo del proceso selectivo. El tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y tendrán voz pero no voto. Cuando el número de aspirantes así lo aconseje, el tribunal podrá designar auxiliares colaboradores bajo la dirección del secretario del tribunal, en número suficiente que permita garantizar el correcto y normal desarrollo del proceso selectivo. La composición del tribunal se hará pública en el BOPZ, en el tablón de anuncios de la Corporación, en la página web y en la sede electrónica del Ayuntamiento. 5.5. A los efectos de la percepción de asistencias que regula el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, el tribunal se clasifica en la categoría primera. 5.6. Los acuerdos del tribunal se harán públicos en todo caso, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial. Sexta. —/Sistema de selección./ 6.1. El procedimiento de selección será la oposición libre, que constará de tres ejercicios de carácter eliminatorio y de realización obligatoria: Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar oralmente, en un tiempo máximo de treinta minutos, tres temas extraídos al azar, de entre los comprendidos en el anexo I. Uno de ellos perteneciente a la parte general, y los otros dos pertenecientes a la parte específica, siendo obligatorio el desarrollo de tos tres temas. El aspirante dispondrá de diez minutos para la preparación de guiones o esquemas auxiliares de su exposición. En este ejercicio se valorará el dominio teórico del aspirante sobre el temario, el volumen y comprensión de los conocimientos sobre los temas expuestos, la claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de la expresión oral. El tribunal podrá requerir aclaraciones al aspirante, sobre los temas desarrollados, una vez acabada su exposición. Si durante la exposición de los temas, el tribunal aprecia deficiencia notoria en la actuación del aspirante podrá invitar a este a que desista de continuar el ejercicio. Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, un tema de carácter general, a determinar por el tribunal, sobre materias del anexo I, sin que sea necesario que se atenga a epígrafes concretos del mismo, teniendo los aspirantes amplia libertad en cuanto a su forma de exposición. Se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas, la calidad de expresión escrita, la forma de presentación y exposición, así como la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis. Este ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública ante el tribunal si así lo acordara este. El tribunal podrá optar por señalar dos temas, de entre los que el aspirante deba elegir el que vaya a desarrollar o, por el contrario, señalar un único tema, pudiendo este formular al aspirante las preguntas y aclaraciones que estime por conveniente. Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, uno o más supuestos prácticos que serán determinados por el tribunal inmediatamente antes de dar comienzo al ejercicio y estarán relacionados con el ejercicio de las funciones propias de la plaza convocada y/o con las materias establecidas en el anexo I que se adjunta a las presentes bases. Este ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública ante el tribunal, pudiendo este formular las preguntas y aclaraciones que estime por conveniente. La negativa del aspirante a leer el ejercicio y defender la solución propuesta ante el tribunal determinará su eliminación. En este ejercicio se valorará la correcta aplicación de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados, la claridad de ideas y expositiva, la sistemática de la composición y el rigor técnico, la capacidad de síntesis y suficiencia de análisis. Los aspirantes podrán utilizar todo tipo de bibliografía en soporte papel, salvo la que contenga soluciones de casos prácticos. 6.2. Se considerará y, en su caso, se establecerán para las personas con discapacidad que así lo hayan requerido en su solicitud de participación las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, siempre que no quede desvirtuado el contenido de los ejercicios, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible. El Ayuntamiento de Utebo, a través del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y Salud, se pondrá en contacto con los aspirantes con discapacidad, siempre y cuando figuren los datos telefónicos, correo electrónico y el domicilio en la solicitud, al objeto de recabar la información que estime pertinente sobre los extremos marcados en el apartado d) de la instancia, pudiendo, si lo estima necesario, solicitar la colaboración, y en su caso, informe de otros organismos. A la vista de las solicitudes y de lo informado por el Servicio de Prevención de Riegos Laborales y Salud, el tribunal de selección otorgará las adaptaciones de tiempo y medio siempre que la adaptación guarde relación directa con el ejercicio o prueba a realizar. 6.3. Excepcionalmente, además los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán realizar con anterioridad a las arriba enumeradas una prueba eliminatoria de conocimiento y comprensión del idioma español, que se calificará como apto o no apto. Séptima. —/Desarrollo del proceso, calificación final, propuesta de nombramiento y presentación de documentos./ 7.1. La fecha de realización del primer ejercicio de la oposición se hará pública en el BOPZ, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la página web municipal y en la sede electrónica. Las fechas de los siguientes ejercicios se harán públicas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la página web municipal, en la sede electrónica y, en su caso, en el lugar donde haya sido realizado el ejercicio inmediatamente anterior. 7.2. En los ejercicios escritos, siempre que su carácter y naturaleza lo permitan, quedará garantizado el anonimato de los aspirantes. 7.3. El orden de actuación de los aspirantes admitidos se efectuará por orden alfabético de apellidos, que se iniciará por la letra que corresponda según el resultado del sorteo que ha de llevarse a cabo por la Comunidad Autónoma para el año correspondiente. En cualquier momento podrá el tribunal requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad. 7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en casos de imposibilidad por fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el tribunal. Los aspirantes deberán venir provistos de DNI o en su defecto, pasaporte o permiso de conducción, pudiendo el tribunal requerirles en cualquier momento la acreditación de su personalidad. 7.5. Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Alcaldía, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión al proceso selectivo. 7.6. Los ejercicios de la oposición se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan la puntuación mínima de 5 puntos. • En relación con el primer ejercicio, el no desarrollar uno de los temas extraídos al azar supondrá la eliminación del aspirante del proceso selectivo. Cada uno de los temas se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos en cada tema. La calificación de este ejercicio vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en el desarrollo de cada tema. • En relación con el segundo ejercicio, el no desarrollar uno de los temas supondrá la eliminación del aspirante del proceso selectivo. Cada uno de los temas se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos en cada tema. La calificación de este ejercicio vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en el desarrollo de cada tema. • En relación con el tercer ejercicio, el no resolver todos los supuestos prácticos supondrá la eliminación del aspirante del proceso selectivo. Cada uno de los supuestos prácticos se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos en cada supuesto práctico. La calificación de este ejercicio vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en la resolución de cada supuesto práctico. 7.7. La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio, lo que determinará el orden de puntuación definitivo. Para determinar las calificaciones de los tres ejercicios, cada miembro del tribunal de selección otorgará a cada aspirante una puntuación conforme a lo expresado en los puntos precedentes. Posteriormente, se sumarán las puntuaciones adjudicadas y se dividirán entre el número de miembros asistentes del órgano de selección, siendo el cociente la calificación definitiva. En el acta de la sesión o relación adjunta a aquella se hará constar exclusivamente la calificación final que se adjudique a cada aspirante. En el supuesto de empate en las calificaciones obtenidas por los aspirantes, serán criterios para dirimir el mismo: 1.º La mayor calificación obtenida en el tercer ejercicio; 2.º La mayor calificación obtenida en el primer ejercicio; 3.º La mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio; 4.º Sorteo. 7.8. Finalizada la oposición, el tribunal hará pública la relación de aspirantes seleccionados, ordenados de mayor a menor calificación final, no pudiendo aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas, quedando eliminados los restantes. Cualquier propuesta de aprobación que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho. La expresada relación y propuesta consiguiente de nombramiento se elevará a la Alcaldía del Ayuntamiento de Utebo, a los efectos procedentes. Octava. — /Presentación de documentos./ 8.1. En el plazo de veinte días naturales a contar del siguiente a aquel en que se haga pública la propuesta, el aspirante seleccionado deberá cumplimentar, respecto a los requisitos exigidos en la presente convocatoria, los siguientes trámites: a) Presentación en el Servicio de Personal de fotocopia compulsada del DNI vigente. b) Presentación en el Servicio de Personal de fotocopia compulsada de la documentación exigida en la base 2. c) Fotocopia del documento de afiliación a la Seguridad Social. d) Cumplimiento de declaración responsable por el interesado de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública, ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. e) Declaración de actividades que venga desarrollando tanto en el sector público como en el privado a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal de las Administraciones Públicas. f) Obtención, previa citación cursada por el Ayuntamiento de Utebo, del informe médico que acredite no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida o sea incompatible con el normal ejercicio de las funciones del cargo emitido y remitido al Servicio de Personal por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y Salud del Ayuntamiento de Utebo. 8.2. Si dentro del plazo expresado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentara la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en la base 2, o el resultado del reconocimiento médico fuera de “no apto”, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Novena. — /Nombramiento de funcionario en prácticas./ 9.1. Concluido el proceso selectivo, la Alcaldía, o en su caso, órgano delegado por aquella, otorgará el nombramiento correspondiente como funcionario en prácticas a favor del aspirante propuesto. 9.2. Si sin causa justificada el seleccionado no se incorporara al período de prácticas, se entenderá que renuncia al nombramiento efectuado. Décima. — /Período de prácticas./ 10.1. El período de prácticas tendrá una duración de tres meses y serán realizadas bajo la dirección de un funcionario-tutor nombrado por la Alcaldía. Las prácticas se efectuarán con servicio efectivo en el Ayuntamiento de Utebo. 10.2. La evaluación de las prácticas se efectuará por una comisión de evaluación nombrada por el alcalde. Estará integrada por el funcionario-tutor designado y cuatro vocales, uno de los cuales realizará las funciones de secretario y otro de presidente. 10.3. Para lo no previsto en cuanto a su funcionamiento y organización se estará a lo establecido en las presentes bases para el tribunal de selección. 10.4. Todos los integrantes de la comisión de evaluación deberán poseer la condición de funcionario de carrera perteneciente al subgrupo A1. La comisión deberá valorar la adaptación del funcionario en prácticas a las exigencias y condiciones de la plaza y su aptitud para el correcto desempeño de la misma. 10.5. El funcionario en prácticas deberá elaborar una memoria, la cual tendrá que exponer ante la comisión y en la que deberá tratar los temas propuestos por el tutor, relacionados con su puesto de trabajo. Aquella podrá requerir al aspirante aclaraciones sobre su exposición o efectuar preguntas relacionadas con las prácticas desarrolladas. El resultado de la valoración será apto o no apto. Undécima. — /Nombramiento y toma de posesión./ 11.1. Concluido el período de prácticas y declarado apto el funcionario en prácticas, la Alcaldía, o en su caso, órgano delegado por aquella, otorgará el nombramiento correspondiente como funcionario de carrera a su favor, quien deberá tomar posesión dentro del plazo de treinta días siguientes a la recepción de la notificación del nombramiento, previo acto de acatamiento de la Constitución. 11.2. Si sin causa justificada no tomara posesión dentro de dicho plazo, se entenderá que renuncia a la plaza y al nombramiento efectuado. Duodécima. —/Lista de espera para nombramiento de interinos./ 12.1. Concluido el proceso selectivo, el tribunal calificador procederá a confeccionar la lista de espera de nombramiento de interinos para puestos perteneciente a la misma escala, subescala y nivel de titulación exigido que es objeto de la presente convocatoria, que se generará para su llamamiento al objeto de cubrir, con ella, las necesidades temporales que puedan producirse y, que conforme a la normativa vigente, puedan ser cubiertas mediante nombramiento temporal, con todos aquellos aspirantes que hayan aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no habiendo obtenido plaza. 12.2. El orden de los aspirantes en la lista de espera se establecerá según el número de ejercicios superados y entre aquellos aspirantes que hubieran superado igual número de ejercicios se tendrá en cuenta la puntuación global obtenida en el conjunto de los mismos. En caso de empate en la puntuación obtenida por varios aspirantes, será criterio para dirimir el desempate establecido en la base 7.2. Dicha lista de espera será aprobada por decreto de la Alcaldía y se publicará en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, página web municipal y en la sede electrónica. 12.3. Los candidatos que figuren en la bolsa de trabajo podrán hallarse en alguna de las siguientes situaciones: a) Libre: tal situación hará susceptible al candidato de recibir llamamientos u ofertas para su contratación. b) Ocupado: tal situación vendrá determinada por hallarse el candidato en alguna de las situaciones descritas a continuación como causas justificadas de rechazo a la oferta realizada. El candidato que se halle en tal situación, una vez desaparecida la causa que lo motive, podrá pasar a situación libre, pero ello requerirá en todo caso petición expresa del interesado. c) Excluido: dicha situación, una vez declarada, imposibilita efectuar posteriores ofertas de contratación al candidato. 12.4. El funcionamiento de la lista será el siguiente: Efectuado el llamamiento a un candidato, sin obtener comunicación directa con el mismo pero contactando con algún familiar o persona próxima al mismo o grabando mensaje en contestador automático, se aguardará 30 minutos para posible respuesta del candidato llamado. En el caso de no obtenerse comunicación de ningún tipo (ni resultar posible la grabación de mensaje en contestador automático), se realizará una segunda llamada pasados 10 minutos y, de no lograrse tampoco ningún tipo de comunicación, se pasará a llamar al candidato siguiente. Una vez localizado el candidato, este habrá de dar una respuesta inmediata, afirmativa o negativa, a la oferta de llamamiento, con independencia de que la justificación de su rechazo pueda acreditarse con posterioridad, en un plazo no superior a 10 días. Aquellos candidatos que se encuentran dentro de las situaciones descritas a continuación pasarán a la situación de “ocupado”. Se considerarán causas justificadas las siguientes: a) Hallarse de baja médica por enfermedad o maternidad (16 semanas), circunstancias que habrán de acreditarse mediante la presentación del parte de baja. Se entiende equiparada a la baja por maternidad, a efectos de renuncia a una posible oferta, el supuesto de avanzado estado de gestación. b) Hallarse trabajando, con contrato de trabajo en vigor, al servicio de otra Administración Pública o en el sector privado, debiendo acreditar tal situación mediante presentación del mismo. El rechazo no justificado del candidato a la oferta de llamamiento y la manifestación de causar baja voluntaria en la bolsa de empleo, será motivo de pasar a la situación de “excluido”. 12.5. El nombramiento para el desempeño de una plaza no excluye la posibilidad de ser nombrado nuevamente en una o varias ocasiones, ni hace perder al aspirante la posición que ocupaba en la lista de aprobados, no siendo por tanto óbice para ser llamado nuevamente en caso de ser necesario. Decimotercera. — /Normas finales./ 13.1. Las presentes bases vinculan a la Administración, al tribunal y a quienes participen en la prueba selectiva, y tanto la presente convocatoria con sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 13.2. Para lo no previsto expresamente en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (en lo que no contradiga la Ley del Estatuto Básico del Empleado público); Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril (en lo que no contradiga la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público); Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local; Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Utebo, a 3 de octubre de 2018 — El alcalde. ANEXO I */Temario/* /Parte general/ Tema 1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Características generales. Principios informadores. Derechos y deberes fundamentales. Tema 2. La organización territorial del Estado en la Constitución. Principios generales. Las Comunidades Autónomas. Organización política y administrativa. El sistema de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Tema 3. La Comunidad Autónoma de Aragón: El Estatuto de Autonomía de Aragón. Competencias. Organización. La Administración Pública en Aragón. Tema 4. La Unión Europea: La Unión Europea y sus tratados constitutivos. Sistema institucional. Fuentes del Derecho de la Unión y su transposición al ordenamiento jurídico español. Políticas comunes. Tema 5. La Administración Pública en la Constitución. La Administración Local. El municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población. El Padrón de habitantes. Tema 6. La organización de los municipios de régimen común. Órganos necesarios: Alcalde, Tenientes de Alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios: Las Comisiones Informativas y otros órganos. La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Utebo. Tema 7. Las competencias municipales. Competencias propias. Competencias delegadas. Competencias distintas de las propias. Los servicios mínimos. Tema 8. La relación jurídico-administrativa. La Administración y el administrado. Capacidad y representación. Derechos del administrado. Tema 9. Las fases del procedimiento administrativo común. Iniciación. Ordenación. Instrucción. Terminación. El silencio administrativo. Tema 10. Los recursos administrativos: Concepto. Principios Generales. Interposición del recurso. Suspensión de la ejecución. Audiencia de los interesados. Resolución. Clases: Recurso de alzada. Recurso de Reposición. Recurso de Revisión. Tema 11. El personal al servicio de las Entidades Locales. Funcionarios. Personal Laboral. Personal eventual. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen disciplinario. Tema 12. Las Haciendas locales. Los recursos de los municipios. Ingresos de derecho público e ingresos de derecho privado. Tributos propios: Impuestos, tasas y contribuciones especiales. Tema 13. El Presupuesto municipal. Regulación, concepto y principios. Elaboración y aprobación. Ejecución y liquidación del presupuesto. Tema 14. Las fases del gasto: Autorización, disposición, reconocimiento de la obligación, orden de pago y pago. Tema 15. La administración electrónica: El documento electrónico. La sede electrónica. Tema 16.La responsabilidad patrimonial de la Administración: Regulación, Principios y procedimientos. La indemnización: concepto y naturaleza. La responsabilidad civil y penal de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. La potestad sancionadora. Regulación, naturaleza y principios rectores de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador. Tema 17. La expropiación forzosa. Actos administrativos previos de expropiación. Justiprecio. Jurado Provincial de Expropiación. Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral. Tema 18. Principios, políticas y medidas de igualdad de género y contra la violencia de género. Normativa vigente en el ordenamiento español y en el de la Unión Europea. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y a las personas en situación de dependencia. /Parte específica/ Tema 19. Ley de Contratos del Sector Público. Clases de contratos administrativos. Aspectos específicos de cada tipo de contrato. Las modificaciones de los contratos administrativos. Procedimientos de adjudicación. Los contratos menores. Tema 20. Los pliegos de prescripciones técnicas. Concepto y naturaleza. Determinaciones. Reglas para el establecimiento de prescripciones técnicas. Etiquetas, normas y organismos de normalización. Informes de pruebas y certificados: organismos de evaluación. Tema 21. El contrato de obras y de concesión de obras.- El riesgo operativo del contratista en el contrato de concesión de obras. Los proyectos de obras. Clasificación de las obras. Contenidos de los proyectos y responsabilidad derivada de su elaboración. Supervisión de proyectos. Replanteo del proyecto. El contrato de obras. El replanteo de la obra. Recepción de los contratos de obras. Devolución y cancelación de garantías. Tema 22. Ejecución del contrato de obras. Ejecución defectuosa y demora. Pago del precio. Resolución del contrato de obras. Subcontratación. Pagos a subcontratistas y suministradores. Comprobación del replanteo. Ejecución de las obras y responsabilidad del contratista. Fuerza mayor. Certificaciones y abonos a cuenta. Obras a tanto alzado y obras con precio cerrado. Modificación del contrato de obras. Recepción de las obras y plazo de garantía. Tema 23. Los contratos de servicios y de gestión de servicios.- El riesgo operativo en el contrato de concesión de servicios. El mantenimiento del equilibrio económico del contrato. Tema 24. Suspensión de obras. Rescisión y resolución del contrato. Recepción y liquidación de la obra. Conservación durante el periodo de garantía. Tema 25. El planeamiento y la legislación urbanística estatal y en la Comunidad Autónoma de Aragón. La legislación sobre el régimen del suelo. Clasificación del suelo. Planeamiento, gestión y disciplina urbanística. Instrumentos de planificación urbana. Régimen urbanístico del suelo: Disposiciones generales. Clasificación del suelo. Régimen urbanístico del suelo urbano, del suelo urbanizable y del suelo no Urbanizable. Categorías de suelo. Tema 26. Plan General de Ordenación Urbana de Utebo: Clasificación. Condiciones particulares del suelo no urbanizable. Condiciones particulares del suelo urbano. Generalidades. Condiciones Particulares de las Zonas. Tema 27. El planeamiento urbanístico. Criterios legales de planeamiento. Clases de planes. El procedimiento para la elaboración y aprobación de los planes urbanísticos. La ejecución de los planes urbanísticos. Requisitos previos. Los sistemas de actuación. Tema 28. Los planes parciales de ordenación. Determinación y documentación. Formulación y aprobación. Los planes parciales del municipio de Utebo. Localización de los sectores. Usos característicos de cada uno de ellos. Tema 29. Los planes especiales. Función, contenido y procedimiento de aprobación. Los Planes Especiales vigentes en el municipio de Utebo. Localización y usos. Estudios de detalle: Función, contenido, formación y formulación de los mismos. Tema 30. Los proyectos de urbanización. Obras ordinarias. Su contenido sustantivo y documentación. Formulación y aprobación. Diseño y materiales. Coordinación entre servicios. Tema 31. Las Infraestructuras básicas en el planeamiento urbano. Criterios de diseño y evaluación socioeconómica. Problemática. Tema 32. El medio ambiente y las obras públicas. El estudio de impacto ambiental. La declaración de impacto ambiental. Tema 33. Actos sujetos a intervención municipal. Contenido y alcance. Actos no precisados de proyecto técnico. Intervención de usos. Intervención de los restantes actos sujetos a licencia urbanística. Competencia, procedimiento de otorgamiento, eficacia y caducidad de las licencias urbanísticas. Ordenanza municipal reguladora del procedimiento para el otorgamiento de licencias urbanísticas y sometimiento al deber de declaración responsable para el ejercicio de determinadas actividades. Tema 34. El municipio de Utebo. Aspectos históricos, geográficos, económicos y poblacionales mas destacables. Infraestructuras de comunicación, telecomunicación y de servicios mas destacables en el municipio. Centros de enseñanza, de ocio, sociales, religiosos, deportivos: ubicación y características generales. Tema 35. Los tramos urbanos de los ríos: Problemática. Protección frente a avenidas. Tratamiento de las riberas. Integración con el municipio. Aplicación al caso concreto del municipio de Utebo. Tema 36. Hidrología de las aguas superficiales y subterráneas. El ciclo hidrológico, magnitudes y redes. Hidráulica de las aguas subterráneas. Explotación y recarga de acuíferos. Tema 37. Regulación de caudales. Concepto y necesidad. Métodos de regulación de aguas superficiales. Embalses. El concepto de garantía en el suministro y su evaluación. Aprovechamiento conjunto de recursos superficiales y subterráneos. Tema 38. Aguas para el abastecimiento urbano. Estimación de caudales necesarios. Criterios de calidad. Normativa aplicable. Aplicación al caso concreto del municipio de Utebo. Tema 39. Medidas de ahorro en el consumo urbano de agua. Gestión de la demanda en usos domésticos, industriales, servicios urbanos, riego de zonas verdes, etc. El papel de las infraestructuras. Adecuación de la calidad de las aguas a su uso. Aplicación al caso concreto al municipio de Utebo. Tema 40. Estructura general de una red de distribución de agua potable. Elementos que la constituyen: depósitos, bombeos y redes de tuberías. Tipos de redes. Criterios para la ampliación de redes. Tema 41. La construcción de las redes de distribución de agua. Secciones tipo de zanjas. La problemática de la construcción de redes en zonas urbanas. Tipos de tubería empleados en redes de distribución. Materiales y tipos de juntas. Criterios para la selección. La conservación y el mantenimiento de las redes de agua. Problemática y soluciones. Sistemas de reparación desde el interior de la tubería. Tema 42. Cálculo estructural de tuberías en presión. Válvulas empleadas en redes de distribución de agua. Tipos, características y materiales empleados. Criterios de selección. Válvulas especiales (retención regulación de presión, etc.). Instalaciones complementarias de las redes de distribución: arquetas, bocas de riego, hidrantes, acometidas domiciliarias, ventosas, etc. Tema 43. La explotación de redes de distribución de agua. Cartografía y GIS. Sistemas de telecontrol y telemando. Detección de fugas. Gestión de abonados. Medida de consumos. Sistemas de tarificación. Aplicación del caso concreto al municipio de Utebo. Tema 44. La potabilización del agua. Esquema general de una instalación de potabilización. Procesos a emplear en función de las características del agua a tratar. La eliminación de la materia en suspensión. La coagulación-floculación, la decantación y la filtración. Tipología de decantadores y filtros. Tema 45. El empleo del cloro en la potabilización del agua: como oxidante de la materia orgánica y como desinfectante. Criterios de dosificación. Productos utilizados. Instalaciones para llevar a cabo la cloración: características. Tema 46. Las aguas residuales y pluviales. Características de las aguas residuales domésticas e industriales. Calculo de caudales de aguas residuales y pluviales. El método racional. Cálculo hidráulico de colectores. Efectos sobre el medio del vertido directo de aguas residuales. Tema 47. Estructura de una red de alcantarillado urbano. Redes unitarias y separativas. Elementos constitutivos. Criterios de diseño y ampliación de redes. Aplicación al caso concreto del municipio de Utebo. Tema 48. Construcción de redes de alcantarillado. Conductos in situ y prefabricados. Secciones tipo de zanjas. Problemática de las obras en medio urbano. Instalaciones complementarias del alcantarillado: pozos de registro, sumideros, aliviaderos, acometidas domiciliarias, tanques de tormenta, etc. Conservación y explotación de redes de alcantarillado. Sistemas de limpieza de los conductos. Procedimientos para la reparación de conductos desde el interior. Tema 49. La depuración de las aguas residuales. Objetivos de calidad a obtener en las aguas urbanas depuradas. La Directiva 91/271 y su transposición al Derecho español. Instalaciones de depuración de aguas residuales. Esquema general de una depuradora. Principales procesos a utilizar en cada fase. Tecnologías blandas para la depuración de las aguas residuales. Instalaciones de bombeo de aguas residuales. Medición de caudales del agua residual. Tema 50. Uso del agua para regadío. El agua en la fisiología vegetal. Técnicas de aplicación del agua al terreno y obras de riego en general. Dotaciones, garantía y calidad del agua. Reutilización de caudales de riego. Los fertilizantes y los productos fitosanitarios como agentes contaminantes potenciales. La contaminación difusa. Problemas de salinidad. Gestión sostenible de regadíos. Plan Nacional de Regadíos. Tema 51. Movimiento de tierras. Clasificación y características de los suelos según el PG-3. Compactación. Construcción de explanaciones. Construcción de terraplenes, pedraplenes y rellenos todo uno. Capacidad soporte de las explanadas. Normas y especificaciones. Tema 52. Red viaria. Redes interurbanas. Viario urbano. Elementos de la calle. Condiciones geométricas del trazado. Intersecciones. Aplicación al caso concreto del municipio de Utebo. Tema 53. Firmes flexibles: concepto y dimensionamiento. Capas granulares. Tratamientos superficiales. Mezclas bituminosas. Tema 54. Firmes rígidos. Concepto y dimensionamiento. Capas tratadas con ligantes hidráulicos. Pavimentos de hormigón. Tipología. Tema 55. Características y clasificación de suelos. Explanadas y bases. Características superficiales de los pavimentos. Regularidad geométrica. Textura. Tema 56. Conservación de viales. Organización y métodos de conservación. Vialidad invernal. Conservación con medios propios. Maquinaria y materiales. Tema 57. Características mecánicas del hormigón y del acero. Hormigón armado. Uso y propiedades. Cálculo de secciones de hormigón armado. Tipos de solicitaciones. Métodos de cálculo. Tema 58. Muros de contención de tierras. Tipos. Parámetros de diseño. Características mecánicas. Cálculo estructural. Cimentaciones, tipología, diseño y cálculo. Tema 59. La infraestructura verde. Zonas verdes. Planificación y elementos. Proyectos de zona verdes. Obras de ajardinamiento. Aplicación al caso concreto del municipio de Utebo. Tema 60. Calles y zonas peatonales: Problemática. Características de los pavimentos. Conservación. Zonas verdes: Proyectos de zonas verdes. Elementos. Obras de ajardinamiento. Mobiliario urbano: Elementos. Conservación. Tema 61. Real Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba la ley general de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero. Tema 62. Alumbrado Público. Proyectos. Elementos de la red de alumbrado. Obras de alumbrado. Tema 63. Planes de movilidad urbana sostenible. Proceso de desarrollo y alcance del plan. Medidas y objetivos. Seguimiento y evaluación del Plan. Ordenación de la circulación ciclista. Tipología. Criterios de diseño. Tema 64. Tráfico. Explotación red viaria. Señalización viaria. Información al público. Aforos y prognosis de tráfico. Regulación semafórica. Conservación y mantenimiento de redes semafóricas. Tema 65. Regulación de intersecciones con semáforos. Objeto. Situación respecto a la vía. Conceptos de ciclo, fase, despeje y reparto. Coordinación semafórica de un conjunto de cruces. Capacidad de las intersecciones semaforizadas. Tema 66. Seguridad vial. Planes de seguridad vial urbana. Procedimiento de elaboración del Plan. Seguimiento. Estudio y estadística de accidentes. Índices de peligrosidad. Medidas de seguridad. Tema 67. Señalización. Prioridad entre señales. Señalización horizontal. Funciones de las marcas viales. Color, reflectancia y materiales. Tipos de marcas viales. Conservación. Señalización vertical. Funciones de las señales. Criterios de señalización. Situación de las señales. Señalización de obras. Señalización fija y móvil. Tema 68. Estacionamientos. Tipos de aparcamientos. Sistemas de gestión de estacionamiento.- Retirada de vehículos de la vía pública. Reglamento para la prestación del servicio de regulación de estacionamiento en la vía pública. Ordenanza reguladora especial de estacionamiento para minusválidos. Tema 69. Tráfico urbano y medio ambiente. Efectos del tráfico. Actuaciones posibles. Ordenanza reguladora del tráfico, movilidad y seguridad vial. Anexo ordenanza reguladora de tráfico, movilidad y seguridad vial: aparcamiento de camiones. Ordenanza reguladora del servicio de transporte de viajeros en automóviles de turismo de alquiler con conductor y con aparato taxímetro. Ordenanza reguladora del servicio de transporte escolar y de menores, de carácter urbano o interurbano, dentro del término de Utebo. Tema 70. El transporte público colectivo en los municipios. Oferta y demanda de transporte. Sistemas de gestión de transporte colectivo. Modos de transporte colectivo. Transporte público urbano por autobús. Principales características de una red de autobús urbano. Medición de la calidad de servicio. Consorcio de transporte. El sistema tarifario de la red de transporte público. Aplicación al caso concreto del municipio de Utebo. Tema 71. Estrategia comunitaria en materia de residuos. Directiva marco de residuos (Directiva 98/2008/CE). Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Principios. La planificación en materia de residuos. Contaminación del suelo. RD 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. Tipos de contaminantes. Usos del suelo. Evaluación del riesgo. Niveles genéricos de referencia. Técnicas de recuperación de suelos. Tema 72. Residuos urbanos: normativa. Recogida mecanizada y selectiva. Medios y funcionamiento. Clasificación, tratamiento y eliminación. Residuos industriales y peligrosos. Normativa aplicable. Tipos de tratamiento. Limpieza pública urbana. Modalidades de limpieza y medios utilizados. Reciclado. Compostaje. Ordenanza municipal de “Limpieza de espacios públicos y gestión de residuos” de Utebo. Ordenanza reguladora del funcionamiento del punto limpio de residuos de Utebo. Tema 73. Producción y gestión de residuos de construcción y demolición. Alternativas de uso (RD 105/2008 de 1 de febrero). Utilización de residuos en obra pública. Neumáticos fuera de uso, escorias de incineradores urbanos y materiales de dragado. La eliminación de residuos mediante depósito en vertedero (RD 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero). Tema 74. La Directiva 2010/75/UE de 24 de noviembre de Emisiones Industriales. La Ley 16/2002 de prevención y control integrados de la contaminación. Contaminación: Principios. Valores límites de emisión. Los permisos integrados de instalación. Los intercambios de información. Tema 75. La contaminación atmosférica. Tipos, orígenes y características. Sus fuentes. Sectores y actividades contaminantes. Contaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia. Normativa española. Ley 34/2007 de calidad del aire y protección de la atmósfera. Tema 76. Real Decreto legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón. Aspectos más destacables. Tema 77. La contaminación acústica. Normativa comunitaria y española sobre ruido. La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. Efectos sobre la salud y el medio ambiente. La evaluación, prevención y reducción del ruido ambiental. Medidas correctoras. Tema 78. Avenidas y sequías. Previsión y cálculo de máximas crecidas. Caracterización de sequías. La sequía meteorológica, hidrológica y operacional, planes especiales de alerta y eventual sequía. Avenidas: Directiva de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación y Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, mapas de peligrosidad y de riesgo de inundación y planes de gestión de riesgo de inundación. Defensa de poblaciones. Tema 79. Las zonas húmedas. Inventario. La delimitación de zonas húmedas. Mecanismos de protección y conservación de las zonas húmedas. Rehabilitación o restauración. Directivas de hábitats y de aves. Tema 80. Hidrología. Ciclo hidrológico. La red de aforos, el SAIH, el SAICA, la red ICA y la red de control de las aguas subterráneas. Los SIG y su aplicación a la gestión de los recursos hidráulicos. Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua. Tema 81. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Elaboración de estudios y planes de seguridad y salud. La figura del coordinador de seguridad y salud. Responsabilidades de las partes intervinientes: Promotor, dirección de obra, contratista, trabajador autónomo. El libro de incidencias. Tema 82. La prevención de riesgos laborales: planes, procedimientos de trabajo. Actividades potencialmente peligrosas: trabajo con amianto y en espacios confinados. Problemática de la ejecución de obras en medio urbano. Tema 83. La prevención de riesgos laborales: objeto y conceptos básicos. Derechos y obligaciones. Principios de la acción preventiva. Disciplinas que la integran. Servicios de prevención. Prevención de riesgos laborales en la Administración pública. Tema 84. Seguridad en caso de incendio en establecimientos industriales: Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales. Tema 85. Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Tema 86. Exigencias básicas de seguridad de utilización de los edificios: seguridad frente al riesgo de caídas. Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento. Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento en recintos. Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada. Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación. Seguridad frente al riesgo de ahogamiento. Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento. Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo. Exigencias contenidas en CTE Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad. Tema 87. La infraestructura ferroviaria dentro de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, y el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario. La Red Ferroviaria de Interés General. La planificación, proyecto y construcción de sus infraestructuras. La estrategia indicativa. Estudios y proyectos: tipos, contenido y tramitación. La construcción y puesta en servicio. Incidencia sobre el planeamiento urbanístico. Consideración urbanística de las zonas de servicio. Limitaciones a la propiedad. Zona de dominio público, zona de protección y límite de edificación. Otras limitaciones relativas a las zonas de dominio público y zona de protección. Tema 88. Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras. Concepto y clases de carreteras. Zonas de protección de la carretera: de dominio público, de servidumbre, de afección y de limitación a la edificabilidad. Paralización de obras o suspensión de usos no legalizados. Travesía y tramos urbanos. Entrega a los ayuntamientos de tramos urbanos de carreteras. Tema 89. El Plan de emergencia Municipal de Utebo. Identificación, evaluación y análisis de riesgos. Medidas preventivas. Plan de actuación ante las emergencias, estructura del Plan, composición y funciones de los interviniente. Organización frente a la emergencia: fases y niveles de emergencia, activación, operatividad. Centro de coordinación Operativa Municipal (CECOPAL). Medidas de protección a la población: avisos, información, control de accesos, confinamiento y evacuación. Tema 90. Valoraciones de inmuebles según la legislación en la materia. Régimen de las valoraciones urbanísticas. Conceptos y criterios para la realización de las valoraciones. Valoración en situación de suelo rural. Valoración en situación de suelo urbanizado. ANEXO II Don/doña ...... con DNI núm ...... domiciliado en ...... calle ...... CP ...... , teléfono fijo ...... , móvil ...... y correo electrónico …… Deseando tomar parte en las pruebas selectivas convocadas para la provisión, con funcionario de carrera, de una plaza de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, subgrupo A1, del Ayuntamiento de Utebo, Expone: a) Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria y conoce las bases que rigen la misma, que acepta plenamente. b) Que adjunta documento acreditativo del pago de la tasa por derechos de examen. c) Que sí/no está afectado/a por una discapacidad. Por todo lo expuesto Solicita: Ser admitido/a al proceso selectivo correspondiente para la provisión de la citada plaza. Utebo, a ...... de ...... de 2018. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE UTEBO. ANEXO III */Declaración responsable/* Yo, don/doña ...... , con DNI ......, manifiesto bajo mi responsabilidad que: • Soy demandante de empleo de larga duración y cumplo con los requisitos establecidos en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen, artículo 5.1, para acceder a la bonificación del 100 % de la misma, en concreto que: • No percibo prestación por desempleo y los ingresos la unidad familiar son inferiores a 27.241,20 euros. • Dispongo de la documentación que así lo acredita. • Me comprometo a mantener su cumplimiento durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento. Utebo, a ……………………………………….. Firma: Cerrar <#>